El siguiente código de conducta ha sido desarrollado para proporcionar lineamientos a todos los involucrados dentro de nuestra operación turística, incluyendo pasajeros, proveedores y nuestro personal, en casos donde se sospeche de Explotación Sexual y/o Laboral de Niños, Niñas y Adolescentes en la industria del Turismo.
- Informar a todo el personal de la organización que la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes es un delito que puede ser sancionado con la privación de la libertad de todas las personas involucradas en la cadena de responsabilidad.
- Informar y capacitar en el manejo de casos sospechosos para que cuando exista al menos un indicador detectado, se informe de inmediato al responsable de la aplicación de los protocolos y a las autoridades correspondientes (Click here).
- Colocar material informativo sobre la prevención de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes, así como las medidas que el establecimiento asume para proteger a niñas, niños y adolescentes, a través de diversos medios impresos o electrónicos y en lugares visibles del establecimiento. Algunas fuentes de información son: TheCode.org, ChildSafe, UNICEF y ECPAT.
- Trabajar sólo con proveedores que cumplan cabalmente con el Código de Conducta sobre la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en el contexto de los viajes y el turismo; o cualquier normatividad y legislación vigente que proteja a los menores.
- Promover valores de respeto y compromiso entre los turistas locales y extranjeros que visitan nuestro país.
Para conocer más sobre la situación en Ecuador, le invitamos a leer sobre el tema en el ANÁLISIS SITUACIONAL SOBRE LA EXPLOTACIÓN SEXUAL COMERCIAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN ECUADOR.




